Despidos · Collado Villalba

Abogado para despidos en Collado Villalba

Revisamos la carta de despido, la causa alegada, el finiquito y la indemnización para determinar si existe fundamento para reclamar.

El plazo general para impugnar un despido es de 20 días hábiles.
20 días hábiles

El plazo para reclamar comienza con el despido

Es un plazo de caducidad. No se computan sábados, domingos ni festivos de la sede judicial, pero no conviene esperar a los últimos días.

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Actuación inmediata

Qué hacer después de recibir una carta de despido

La actuación adecuada dependerá de las circunstancias, pero conservar la documentación y controlar el plazo resulta esencial.

Paso 1

Conserva la carta completa

Guarda todas sus páginas y anota la fecha real en que fue entregada o comunicada.

Paso 2

Firma únicamente la recepción

Si no estás de acuerdo, puedes hacer constar «no conforme» junto a la fecha.

Paso 3

Reúne la documentación

Contrato, nóminas, comunicaciones, finiquito, convenio colectivo y pruebas relacionadas con los hechos.

Paso 4

No abandones el plazo

La negociación con la empresa no suspende por sí sola el plazo para impugnar el despido.

Paso 5

No firmes acuerdos sin revisarlos

Una liquidación, acuerdo o renuncia puede afectar a las posibilidades de reclamar posteriormente.

Paso 6

Solicita una valoración jurídica

La carta debe compararse con los hechos, las pruebas, el contrato y el convenio aplicable.

No esperes a conocer la respuesta de la empresa

Enviar correos, mantener conversaciones o negociar el finiquito no suspende necesariamente la caducidad. La solicitud de conciliación produce los efectos previstos legalmente.

Calificación jurídica

Tipos de despido que analizamos

La denominación utilizada por la empresa no determina por sí sola la calificación. Deben examinarse la causa, las pruebas y los requisitos legales.

Despido disciplinario

Incumplimiento atribuido al trabajador

La empresa imputa una conducta grave y culpable. Revisamos si los hechos están concretados, son ciertos, han prescrito y tienen suficiente gravedad.

Despido objetivo

Causas económicas, técnicas u organizativas

Analizamos la causa, su acreditación, la carta, la indemnización, el preaviso y los criterios de selección utilizados.

Despido improcedente

Falta de causa o defectos relevantes

Puede declararse improcedente cuando la empresa no acredita el incumplimiento o incumple determinados requisitos formales.

Despido nulo

Discriminación o vulneración de derechos

Estudiamos posibles represalias, discriminación, lesión de derechos fundamentales y situaciones especialmente protegidas.

Despido verbal

Extinción comunicada sin carta

Si la empresa impide trabajar o comunica verbalmente la extinción, es importante documentar los hechos y su fecha.

Despido durante una baja

Estudio de la causa y posible discriminación

La baja médica no impide automáticamente el despido. Deben analizarse la causa real y las circunstancias concurrentes.

Revisión jurídica

Documentación necesaria para estudiar el despido

No siempre será necesario aportar todos los documentos. La valoración inicial permite determinar cuáles son relevantes.

Enviar documentación
Procedimiento laboral

Cómo se reclama judicialmente un despido

La estrategia debe definirse desde el inicio porque la papeleta y la demanda delimitan la reclamación.

Revisión de la carta y las pruebas

Analizamos la modalidad del despido, la causa, el salario, la antigüedad y las pruebas disponibles.

Papeleta de conciliación

Con carácter general se presenta la solicitud de conciliación ante el servicio administrativo competente.

Acto ante el SMAC

Se intenta alcanzar un acuerdo que debe concretar correctamente cantidades, conceptos y obligaciones.

Demanda ante el Juzgado de lo Social

Si no existe acuerdo, puede solicitarse la declaración de improcedencia o nulidad, según corresponda.

Conciliación judicial y juicio

Si no se alcanza una solución, se practican las pruebas admitidas y el juzgado dicta sentencia.

Conceptos económicos

Diferencia entre finiquito e indemnización

Son conceptos distintos y deben calcularse separadamente. La existencia de uno no implica necesariamente que exista el otro.

Concepto Qué comprende Cuándo puede existir
Finiquito Salario pendiente, vacaciones devengadas, pagas extraordinarias, comisiones y otros conceptos salariales. Generalmente al finalizar la relación laboral, aunque no exista indemnización.
Indemnización Compensación correspondiente a determinadas extinciones o a la declaración de improcedencia. Depende de la causa extintiva y de la calificación jurídica del despido.
Salarios de tramitación Salarios correspondientes al periodo contemplado legalmente cuando procede la readmisión. En los supuestos establecidos legalmente, especialmente vinculados a la readmisión.
Resolución del conflicto

Qué puede suceder tras impugnar el despido

Procedente

Se considera acreditada la causa

El juzgado entiende probado el incumplimiento o ajustada a Derecho la causa extintiva.

Improcedente

Readmisión o indemnización

La consecuencia general es la opción entre readmitir al trabajador o abonar la indemnización correspondiente, con las especialidades legalmente previstas.

Nulo

Readmisión obligatoria

La nulidad comporta generalmente readmisión y abono de salarios dejados de percibir, además de otras consecuencias que puedan proceder.

Servicio para empresas

Asesoramiento empresarial antes de un despido

La carta delimita en gran medida los hechos que podrán discutirse posteriormente. Una revisión previa ayuda a identificar riesgos y cumplir los requisitos aplicables.

Responsabilidad profesional

Abogadas responsables del servicio

La atención se presta online y presencialmente con cita previa a trabajadores y empresas de Collado Villalba y la Sierra de Madrid.

EG

Elena Daniela Grigorescu Militaru

Abogada · ICAM 144159

Abogada del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

MS

María Isabel Sánchez Durán

Abogada · ICAM 67864

Cuenta con 30 años de experiencia profesional en el ejercicio de la abogacía.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales después de un despido

Las respuestas son generales. La solución concreta depende de los documentos, los hechos y los plazos de cada asunto.

¿Tengo que firmar la carta de despido?

La firma puede limitarse a acreditar la recepción. Si no se está de acuerdo, puede hacerse constar «no conforme» junto con la fecha real de entrega.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

El plazo general es de 20 días hábiles desde el despido. Es un plazo de caducidad y no deben dejarse las actuaciones para los últimos días.

¿Puedo cobrar el finiquito y reclamar?

Cobrar una cantidad no impide necesariamente reclamar, pero debe revisarse el documento firmado y si contiene un verdadero acuerdo liberatorio.

¿Estar de baja médica impide el despido?

No existe una prohibición absoluta. Debe analizarse la causa alegada y si la decisión puede ser discriminatoria o vulnerar derechos fundamentales.

¿Es obligatorio acudir al SMAC?

Con carácter general, la conciliación previa es requisito para impugnar el despido, salvo las excepciones previstas legalmente.

¿Necesito abogado para reclamar?

La asistencia letrada no siempre es formalmente obligatoria en primera instancia, pero resulta recomendable por la brevedad del plazo y las consecuencias de formular incorrectamente la reclamación.

¿Puede garantizarse que el despido será improcedente?

No. Primero deben estudiarse la carta, los hechos y las pruebas. Ningún resultado judicial puede garantizarse.

Solicita la revisión de tu carta de despido

Envía la carta completa, la fecha en que te la entregaron, el contrato, las últimas nóminas y una explicación breve de lo sucedido.